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La reforma fiscal aprobada definitivamente por el Congreso y ya publicada en el BOE, introduce modificaciones en la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. Esta reforma está en vigor desde el 1 de enero de 2015

Deducción del 75 % para los primeros 150 euros donados por personas físicas. A partir de ese importe, las donaciones serán deducibles al 30 %, o al 35 % si se trata de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad por un importe igual o superior. Transitoriamente para 2015, estas deducciones serán del 50 %, 27,5 % y 32,5 % respectivamente. Para las sociedades, la deducción actual del 35% se incrementa al 40% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años. Para el 2015 este porcentaje será del 37,5 %.