BILBAO. El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Gobierno vasco –dirigido en el momento de interponerlo por Juan José Ibarretxe– contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dictada en 2004, que obligaba a la colocación de la bandera española junto a la de la Comunidad autónoma vasca en los edificios oficiales.

M. L. G. F.

BILBAO. El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Gobierno vasco –dirigido en el momento de interponerlo por Juan José Ibarretxe– contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dictada en 2004, que obligaba a la colocación de la bandera española junto a la de la Comunidad autónoma vasca en los edificios oficiales.
Ya el año pasado el TS confirmó que la bandera de España debía ondear de manera permanente en el exterior de la sede del Parlamento vasco en Vitoria y ocupar un lugar preferente en el interior del edificio.

También en 2007 se pronunció sobre la obligatoriedad de que la enseña nacional estuviera presente en la Academía de la Ertzaintza, en Arkaute.

«Ley de banderas»

Todos estos pronunciamientos del Supremo se refieren al cumplimiento de la denominada «ley de banderas», que establece que la enseña española debe ondear permanentemente en el exterior de los edificios oficiales de toda España y ocupar un lugar preferente en el interior de los mismos, tanto si esos edificios son de la administración central, a la autonómica, a la provincial o a la municipal.

El TSJPV estimó en la resolución cuestionada por el Gobierno vasco un recurso de la Abogacía del Estado contra la falta de respuesta por parte del ejecutivo de Ibarretxe a un requerimiento del delegado del Gobierno para que «cumpliera su deber de hacer ondear la bandera española en los edificios oficiales de la Comunidad autónoma».

En su resolución de ayer, el Tribunal Supremo rechazó la argumentación del Gobierno vasco en el sentido de que el deber de hacer ondear la bandera de España rige sólo cuando lo hagan otras banderas autonómicas o locales.

El Supremo condenó al Gobierno vasco al pago de las costas, que en este caso quedan fijadas en un máximo de 3.000 euros en cuanto a honorarios de abogado. La sentencia tendrá que acatarla el nuevo gobierno de Patxi López.