La Razón
Lo anunció recién aterrizado en el Ministerio de Justicia y muy pronto veremos cómo toma cuerpo. Alberto Ruiz-Gallardón ya avanzó a finales de enero la más que probable instauración de la prisión permanente revisable para delitos de especial gravedad, «supuestos muy restringidos» que hayan alcanzado «el máximo grado de repulsa social», aunque en ese momento no concretó los mismos ni, por tanto, a quiénes se les podría imponer tales penas. Sí lo hizo poco después, en el transcurso de un desayuno informativo, cuando ya especificó que esa medida sólo se aplicará como «mecanismo excepcional» para delitos de terrorismo de especial gravedad.
Esa modificación se incluirá en la reforma del Código Penal, cuyo borrador de anteproyecto llevará Justicia al Consejo de Ministros el próximo mes de septiembre, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes próximas al Departamento que dirige Ruiz-Gallardón. Sin embargo, ello no significará que la prisión permanente revisable pueda aplicarse de inmediato a los etarras que cometiesen delitos de especial gravedad, ya que antes debe pasar el texto por un recorrido de informes y posibles modificaciones, antes de que inicie su trámite parlamentario para debatirse en el Congreso y Senado.
Y, en todo caso, nunca se podía aplicar con carácter retroactivo.
Pero el titular de Justicia tiene muy claro que los etarras deben saber que si deciden volver a las armas y sesgar vidas inocentes van a tener un horizonte mucho más complicado y difícil que hasta ahora.
Y es que quienes cometan ese tipo de acciones, sean detenidos y condenados a la pena de prisión permanente revisable tendrán que pasar entre rejas varias décadas en la cárcel antes de que se evalúe su situación y comprobar si están reinsertados y alejados del terrorismo para que puedan volver a vivir en sociedad. En concreto, según las citadas fuentes, en el nuevo Código Penal se establecerá un plazo mínimo de 30 años que tendrán que cumplir quienes sean condenados a la pena de prisión perpetua revisable; de forma que el hecho de, por ejemplo, firmar una carta en la que se «arrepientan» de sus acciones criminales y pedir perdón a sus víctimas no va a suponer un acortamiento de su tiempo de privación de libertad, no al menos hasta pasar esos 30 años en la cárcel.
Será a partir de entonces cuando se «revise» su situación y se compruebe si está completamente rehabilitado y ha abandonado sus vínculos con la banda terrorista. Si recibe un pronóstico «favorable», se le podrá conceder la libertad, pero si es «desfavorable» deberá esperar en prisión otro tiempo hasta que se vuelva a estudiar su situación.
«Medida excepcional»
Se trata de una medida, según señaló Ruiz-Gallardón durante su comparecencia en el Senado, «excepcional» y «revisable». «Excepcional –dijo–, pues se reservará a supuestos muy restringidos (exclusivamente los de especial gravedad terrorista), y revisable, porque asume los fines de rehabilitación del reo y su reinserción social».
Una vez que el Consejo de Ministros dé luz verde al texto que presentará el ministro Ruiz-Gallardón, el anteproyecto se remitirá al Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado para que emitan los preceptivos informes y realicen las sugerencias oportunas.
Posteriormente, el Ministerio de Justicia decidirá si incorpora algunas modificaciones y llevará al Consejo de Ministros el texto definitivo, que será el que se debata en las Cámaras.
Lo previsible es que, tras su aprobación, se establezca un periodo de «vacatio legis» en el que no se aplicarán las modificaciones.
ARGUMENTOS JURÍDICOS
– NO FRENA LA REINSERCIÓN
El Tribunal Constitucional ya dejó claro que el incremento de tiempo de un recluso en prisión no es incompatible con el fin constitucional de reinserción social. Lo hizo en la sentencia que avaló la «doctrina Parot», en la que afirmaba firma que la regulación penitenciaria cuenta con un elenco de medidas, a través de una «individualización científica» que favorecen y posibilitan la reinserción si la conducta del preso y su evolución muestra que se halla en condiciones de rehacer su vida en libertad.
– APOYO MASIVO
El 81% de los españoles apoya sin reservas la cadena perpetua para los condenados por delitos terroristas graves. El respaldo a esta medida es muy amplio en todas las franjas de edad, especialmente entre los jóvenes de 18 a 29 años, de los que el 91,3% está a favor. La encuesta de NC Report que ayer publicó LA RAZÓN refleja que tan solo el 10,2% de los ciudadanos se opone a esta condena. Y de nuevo los más jóvenes son los más destacados: sólo el 4,3% se opone a la cadena perpetua.