En los dos últimos años, con la entrada en vigor de la nueva ley educativa del bipartito, se ha abierto un debate idiomático en la enseñanza marcado por decisiones en uno y otro sentido acerca de la libertad individual.


Sábado, 17-01-09

POR A. F.

SANTIAGO. En los dos últimos años, con la entrada en vigor de la nueva ley educativa del bipartito, se ha abierto un debate idiomático en la enseñanza marcado por decisiones en uno y otro sentido acerca de la libertad individual.

El decreto 124/2007

El decreto «Decreto 124/2007, do 28 de xuño, polo que se regula o uso e a promoción do galego no sistema educativo» de la Consellería de Educación fue publicado en el Diario Oficial de Galicia el 29 de junio de 2007. Recoge que «es necesario ahondar en el desarrollo de los preceptos de la Ley de Normalización Lingüística en lo tocante a la enseñanza, sin duda un sector fundamental para la implantación de hábitos lingüísticos en gallego, y establecer una nueva reglamentación del gallego que facilite su empleo de manera progresiva y generalizada en todos los niveles y grados no universitarios».

El documento establece en su segundo artículo el uso «con carácter general» del gallego en toda la documentación del sistema educativo. En el sexto, referido al «Horario de la lengua gallega», se argumenta que «en las enseñanzas de régimen general y en la educación de personas adultas se asignará globalmente el mismo número de horas a la enseñanza de la lengua gallega y de la lengua castellana».

Con respecto a la Educación Infantil, dicta que «el profesorado usará en la clase la lengua materna predominante entre el alumnado», aunque estableciéndose que «en el caso de entornos castellanohablantes, la utilización en esta etapa de la lengua gallega como lengua de comunicación y enseñanza será, como mínimo, igual a la de la lengua castellana».

En este sentido, el decreto significa que «se fomentará la adquisición progresiva de la lectura y de la escritura en gallego, en el sentido de que éste se convierta en el idioma base del aprendizaje».

En el caso de la Secundaria, el texto legal establece que las asignaturas de Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales, Geografía e Historia, Matemática y Educación para la Ciudadanía se impartirán en gallego. Para el Bachillerato, un mínimo de un 50 por ciento de horas en gallego.

Libros en castellano, sí

El Servicio Provincial de Inspección Educativa (integrada en la Subdirección Xeral de Inspección, Evaluación y Calidad del Sistema Educativo de la Xunta) resolvió el pasado 8 de septiembre, en el inicio del curso, una solicitud –con registro de salida 152978– en la que reconocía el derecho de dos alumnos del Instituto de Enseñanza Secundaria Breamo, en la localidad coruñesa de Pontedeume, a disponer de libros de texto en castellano dentro del programa de préstamo gratuito de la Administración.

Inspección recalcaba que el derecho debía mantenerse siempre que los materiales estuviesen disponibles (esto es, siempre que la versión gallega utilizada por el centro tuviese su correlativo en castellano).

El delegado coruñés

Tan sólo un mes más tarde de la pronunciación de la Inspección, el delegado provincial coruñés de Educación, en una resolución fechada a 22 de octubre y en respuesta a una queja formulada por el padre de un alumno, el delegado provincial Manuel Mouriz estipulaba que «no se le deberán poner impedimento para los hijos del denunciante, como a cualquier otro alumno, emplee las dos lenguas oficiales de Galicia como lenguas de expresión», salvo «en las clases o actividades relacionadas» con un determinado idioma.

La decisión de Mouriz, en un principio en sintonía con el dictamen anterior de la Inspección, recogía sin embargo que, aun reconociendo la facultad del alumno para estudiar siguiendo los manuales escritos en el idioma que elija. éste sólo tendría derecho al préstamo gratuito de aquellos libros seleccionados por el propio centro. Lo que, en efecto, limitaba la posibilidad de elección.

Sentencia en Cataluña

Durante toda la polémica abierta en Galicia, una sentencia del Tribunal Supremo confirmaba una resolución dictada en 2004 por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), reiterada en 2008, en la que se instaba al departamento de Educación de la Generalitat a consultar la lengua habitual de la familia o tutores de los menores en la preinscripción escolar, dentro de los ciclos de enseñanza Infantil y Primaria. Por extensión, la obligación comunicada por el Supremo afecta también a Galicia y el País Vasco, con lenguas cooficiales.

La resolución de Educación

De la Administración, a los tribunales. El conflicto de los padres de escolares gallegos con la Xunta finalizará en los juzgados después de que éstos comenzasen a recibir, a lo largo de esta semana, resoluciones contrarias a las intervenciones orales, uso de materiales y pruebas de examen en castellano para alumnos que, debido a su condición castellanohablante, solicitaron su participación en las clases en castellano de forma individual.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia dirimirá cuáles son las excepciones –si reconoce su existencia, obviamente, más allá de las exenciones temporales– al «carácter general» del uso del gallego establecido en el decreto de 2007, que no se especifican en el texto.