Inmediatamente, el Gobierno vasco presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma, en concreto contra los apartados b) y c) del art. 92.4 de la LOTC


Tribunal-Constitucional_fachada_bandeira-e-cartel_opt.jpg

En las últimas cambiantes semanas han ocurrido fenómenos políticos de muchísimo interés. Por fin en España hay un Gobierno, y en EE.UU. Donald Trump ha ganado las elecciones contra, de nuevo, pronóstico de las encuestas.

Pero también ha salido a la luz una noticia de la cual queremos hacernos eco: la propuesta de reforma por parte del Gobierno de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, LOTC, para que el TC pueda ejecutar sus propias sentencias y autos, en toda España. Esto, aprobado por el Pleno del Tribunal Constitucional, permitirá al TC suspender cautelarmente de forma indefinida a todas las autoridades o cargos políticos, empleados públicos y personas particulares que desobedezcan sus resoluciones, como pasa tan a menudo en las regiones gobernadas por sediciosos.

Inmediatamente, el Gobierno vasco presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma, en concreto contra los apartados b) y c) del art. 92.4 de la LOTC. Íñigo Urkullu declaró que se trata de «un paso atrás», porque «es una nueva e innecesaria vuelta de tuerca más en el proceso de judicialización de la política en el Estado». Pero el recurso fue rechazado.

Afirmándose en la sentencia que el TC ha sido establecido por la Constitución como un «verdadero órgano jurisdiccional», esto es, que tiene la potestad de obligar a ejecutar sus resoluciones. Pues el hecho de que la Constitución no estipule un mecanismo para la ejecución de las sentencias del TC, como explica el magistrado ponente Pedro García-Trevijano, no implica que haya «un
desapoderamiento del Tribunal Constitucional de la potestad de ejecutar y velar por el cumplimiento de sus resoluciones». Si bien, el TC se ha cuidado de señalar que sus medidas «no tienen carácter punitivo» ya que no supone una inhabilitación del cargo público y que control que pueda ejercer sobre la constitucional de las leyes es de carácter jurídico, no político –si es que es posible separar ambas cosas–.

¿Qué quiere decir esta declaración que pretende separar lo jurídico de lo político? Básicamente que el TC, con sus resoluciones y ejecuciones, sólo busca el cumplimiento de la legalidad constitucional, en modo alguno intervenir en «las intenciones del legislador, su estrategia política o su propósito». Como era de esperar, la Generalidad de Cataluña presentó otro recurso y ERC presentó en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley pidiendo la derogación de la reforma. En un comunicado, el sedicioso e inconsistente partido declaró que era su respuesta ante el rechazo del Constitucional del recurso presentado por el Gobierno vasco.

Desde la Fundación DENAES queremos felicitar la iniciativa, puesto que tal reforma permitirá igualar el cumplimiento de la ley en todo el territorio nacional por parte de los ciudadanos y las autoridades o cargos públicos. Pero sobre todo en lo que respecta a los sediciosos, porque anula la fuerza que puedan hacer en grupo para eludir responsabilidades y protegerse unos a otros –como suelen– ya que obliga, individualmente, a asumir la responsabilidad personalmente. El TC será capaz de restituir los derechos vulnerados así como suspender de sus funciones a la persona responsable del daño, neutralizando con esta medida, uno a uno, toda acción ilegal e inconstitucional dentro de las instituciones gubernamentales. Además, podrá hacerlo sin recurrir al ejercicio de la fuerza o sin recurrir al derecho penal, sino mediante la suspensión cautelar del cargo y/o multas coercitivas de hasta 30.000 €. Con el añadido
de que tal reforma no altera las funciones ni la posición institucional del TC ni hace intervenir al Gobierno, como sí pasaría si se aplicase el artículo 155; respetando, al mismo tiempo, la regularidad del Estado de Derecho –valga la redundancia– ya que es algo aplicable a todos los españoles.

Siendo así, esperamos que la reforma de la LOTC vaya por buen cauce y ayude a contrarrestar la que parece impunidad de numerosos cargos públicos declarados en sediciosa rebeldía y que desobedecen una y otra vez las resoluciones judiciales –como en el caso de la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carmen Forcadell–, aplicándose la legalidad constitucional en todo el territorio nacional.

Fundación para la Defensa de la Nación Española.