En diversos medios de comunicación se afirma que el Gobierno de España está meditando aplicar el Artículo 155 de la Constitución, para poner freno a la rebeldía constante de Arturo Mas en Cataluña


PP-permitiria-TC-sancionar-suspender_EDIIMA20150901_0432_18-2.jpg

Parece que el último espectáculo ofrecido por Arturo Mas y sus huestes sediciosas ha colmado la paciencia del Gobierno de España. Al menos, esa es la valoración que ciertos medios de comunicación hacen de la comparecencia ante los tribunales de justicia del presidente catalán en funciones, rodeado de alcaldes en abierto desafío a la ley. Los epítetos de «inaceptable», lanzado por el Presidente Mariano Rajoy o de «barbaridad», proferido por la Vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría, sumado todo ello a la expresa voluntad de Mas de desobedecer a los tribunales si finalmente es inhabilitado, indican que ya no puede sostenerse más la situación.

Ante una situación autonómica reconocida insostenible, debido a la constante amenaza de los sediciosos antiespañoles, parece haber un único remedio: la aplicación del tan temido Artículo 155 de la Constitución Española de 1978, que literalmente afirma: «Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general». Artículo que termina así: «Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas».

Y ante este panorama que ya evidencia una imposible marcha atrás, el Gobierno ha recuperado ese arma legal de la aplicación del artículo recogido en el Título VIII de la Constitución. Un artículo que no consiste en ningún tipo de amenazador y totalitario estado de excepción o de alarma (estado que por cierto aplicó arbitrariamente el PSOE en tiempos del gobierno de Zapatero para solucionar la crisis de los controladores aéreos de hace cinco años), sino que simplemente consiste en ejecutar un procedimiento que permite arrebatar competencias a la Comunidad Autónoma rebelde, en el límite arrebatándoselas todas y suspendiendo de hecho su autonomía.

Bien sabemos que el famoso artículo jamás ha sido aplicado (pese a que no han faltado motivos para hacerlo en autonomías que viven en una constante sedición, desobediencia y rebeldía ante las leyes españolas, como son el País Vasco y Cataluña, normalmente gobernadas por sectas separatistas durante el período democrático), pero parece que el procedimiento ya está asumido y no necesita ningún tipo de desarrollo legal ulterior para su aplicación. Ni siquiera la posibilidad de que el Senado, que se disolverá a final de mes y es necesario para su aplicación, se encuentre en fase de Diputación Permanente, supondría un freno: el Pleno mantiene sus poderes en la citada forma y no sería necesario constituir las nuevas Cortes tras las elecciones para ir eliminando competencias a la sediciosa autonomía catalana.

La mayoría absoluta que se requiere del Senado para suspender la autonomía, una vez comprobado que el presidente de la Comunidad Autónoma no obedece a los requerimientos formulados desde la presidencia del Gobierno, podrá ser sustituida por la de la Diputación Permanente, tal y como señala el Artículo 189 del Reglamento del Senado. Si el presidente autonómico, en este caso Arturo Mas, no cumpliese las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, e hiciera caso omiso de los requerimientos, bastaría con presentar el caso ante la citada Diputación y la mayoría absoluta de la misma para conseguir el propósito, lo que daría vía libre al Gobierno de España para adoptar las medidas necesarias, y obligarle al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones para la protección del interés general de España.

No han faltado personalidades que, corrompidas ideológicamente, comparan este precepto constitucional a los que existen en otras constituciones de estados federales como Alemania, pues al fin y al cabo, España ya es para ellos un estado federal, y las comunidades autónomas las partes indiscutibles de esa federación. Incluso hay quien indica, asumiendo las conclusiones oportunas, que el Título VIII de la Constitución de 1978 ha de ser nuevamente redactado, cambiando la manera en la que se expresa la atribución de competencias a las comunidades autónomas. Así, del «podrán ser asumidas» se pasaría al «les corresponden», le serían exclusivas en tanto que partes federadas y nunca enajenables tales competencias.

Pero semejante disparate es una completa tergiversación del espíritu que anima la existencia de ese Artículo 155: precisamente plantear que a una comunidad autónoma, en caso de atentar gravemente contra el interés general, se le puedan quitar competencias, es la más clara prueba de que España no es un estado federal, sino un estado unitario en el que se han cedido algunas competencias a las diecisiete autonomías reconocidas por la ley. Se trata en consecuencia de una cesión del Gobierno de España a partes de la Nación Española, competencias que ésta puede recuperar si así lo considera oportuno.

Desde la Fundación Denaes animamos a aplicar el Artículo 155 de la Constitución Española al sedicioso presidente Arturo Mas, que ya ha cometido más que sobrados desmanes contra nuestra Nación Española y dado muestra de constante menosprecio y burla a la ley, lo que de facto es una declaración total de rebeldía, sin necesidad de esperar a proclamar su voluntad expresa de cumplir una presumible inhabilitación. No olvidamos la necesaria prudencia a la hora de aplicar las leyes para frenar a los sediciosos, con un entorno europeo vigilante y que sin duda condiciona las decisiones, pero las leyes están para ser aplicadas, máxime cuando la continuidad de la Nación está en juego.

Fundación Denaes, para la Defensa de la Nación Española.