Hace tiempo la prensa narró con horror el abyecto cese del que fuera mi preparador, el Abogado del Estado Edmundo Bal, por negarse a aceptar las presiones políticas que le exigían un cambio en la calificación jurídica del inefable golpe de Estado perpetrado en Cataluña por los irresponsables políticos secesionistas.
En general, los profanos se escandalizaron bastante por esta manera de manipular vía telefonazo la voluntad de la Abogacía del Estado, en la inteligencia, claro, que la sustituta acatará las órdenes recibidas, si llega el caso. Pues bien; siento decirles que este es el pan nuestro de cada día en la Administración. Cientos de funcionarios lo sufren diariamente. Yo mismo en su día fui cesado por negarme a cumplir órdenes políticas que prostituyeran mi labor. Edmundo fue uno más. Es la ley de los puestos de libre designación de los funcionarios públicos, en la que todos los partidos políticos gobernantes hasta la fecha han estado conformes. Auténtico cáncer para el funcionamiento del Sector Público de acuerdo con las exigencias constitucionales, esto es, con independencia de los respectivos gobiernos. Nunca mejor dicho: dura lex sed lex.
Le explico cómo funciona. Los puestos de la Administración Pública española, para los que han superado los correspondientes procesos selectivos, se cubren por procedimientos con convocatoria pública a través, o bien de un concurso de méritos, o bien de una libre designación basada teóricamente en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. La diferencia sustancial entre ambas situaciones es que en el puesto adquirido por concurso, en principio, el funcionario no puede ser cesado en la plaza porque la adquiere en propiedad (mientras exista) en tanto que en libre designación su posición es muy frágil ya que puede ser cesado en cualquier momento, lo cual genera servilismo si en algo se valora el puesto de libre designación que uno ocupa.
La libre designación a determinados niveles es lógica, carece de sentido que los políticos no puedan cubrir determinados puestos funcionariales con personas de su confianza. El problema conocido es que hay un abuso feroz de esta figura hasta el punto de que se extiende a amplios niveles intermedios, lo que determinada que el empleado público quede maniatado porque no cabe una discrepancia jurídica interna con las órdenes políticas, sin que puedan, por decirlo gráficamente, rodar cabezas, aplicando la normativa actual.
Los puestos de libre designación son muy jugosos. Conllevan las más altas remuneraciones posibles, pero además están cargados de exclusividades, propias de los cercanos al poder. La alternativa es trabajar en silencio, sin reconocimiento, palmaditas y, por supuesto, retribuciones extras en sus múltiples formas de publicaciones, colaboraciones extras, cursos, etc.
En este contexto los partidos políticos, promocionarán y ubicarán en puestos claves de libre designación, ya de antemano, a quien interese para mantener la estructura sumisa perfectamente engrasada. Con el paso del tiempo, si las ventanas no se abren en forma de alternancia política, el Ayuntamiento o Comunidad Autónoma de turno será lo más parecido a un cortijo, en donde se adjudicará contratos con recargos del 3 %, se inspeccionará y sancionará con dureza al que moleste, sólo podrán hacer negocio en el territorio los puros de raza política, etc. A determinadas Administraciones sólo les queda el nombre, ya que se han fusionado con el gobierno en una lamentable unión hipostática.
En este contexto, nada mejor que traer a colación los versos de Quevedo:
Miré los muros de la patria mía,
si un tiempo fuertes ya desmoronados
de la carrera de la edad cansados
por quien caduca ya su valentía.
Sí, la Administración Pública tiene algún sentido, como aparato burocrático al servicio del poder público pero, en todo caso, sometida a la ley, debería contar con funcionarios públicos que no fuéramos tratados como marionetas del político. Mucha tarea pendiente para el legislador que surja de las próximas elecciones.

Alberto Serrano