El monumental abucheo que las aficiones del Athletic Club de Bilbao y Fútbol Club Barcelona, actuando como un solo bloque, realizaron contra el Himno Español en la Final de la Copa del Rey del pasado año, ha sido considerado de forma prevaricadora por un juez como un ejercicio de libertad de expresión, «piedra angular de los principios de la democracia».
Como todos recordaremos, el pasado 30 de Mayo de 2015 se produjo una «pitada monumental», según los periodistas acreditados para retransmitir el evento, durante la audición del Himno Español, en la previa de la Final de la Copa del Rey entre Athletic Club de Bilbao y Fútbol Club Barcelona, hecho repetido de forma idéntica en las Finales de la competición de los años 2009 y 2012 (protagonizadas por idénticos clubes), 2011 y 2014 (en estos dos últimos casos sólo el sector afín al Fútbol Club Barcelona protagonizó las injurias, manteniendo un respecto escrupuloso la afición del Real Madrid). Los protagonistas injuriaron al Jefe del Estado y al Himno Nacional Español actuando como un solo cuerpo, solidariamente, dirigidos por organizaciones separatistas vascas y catalanas que repartieron silbatos.
Después de diez meses en los que el caso se mantuvo en cuarentena, finalmente el pasado viernes hemos sabido que el juez Fernando Andreu de la Audiencia Nacional decidió archivar el caso de la pitada al Himno Nacional y las injurias al Rey Felipe VI de España de la pasada final de la Copa del Rey. El juez motiva su decisión al señalar que existe un precedente, el de los hechos idénticos acaecidos en la final de la misma competición del año 2009, y como el juez Santiago Pedraz entonces encargado de juzgar idénticos hechos argumentó que no había delito y que había que respetar la libertad de expresión, «la piedra angular de los principios de la democracia», según singular expresión del juez de entonces.
Se produce además el hecho de que si bien en 2009 fue nuestra Fundación quien se personó como acusación, ejerciendo el papel actualmente el Sindicato Manos Limpias, en este último caso la propia Fiscalía General del Estado ha actuado de oficio, llegando a proponer una serie de sanciones tanto a la Real Federacion Española de Fútbol como a los dos clubes implicados, y especialmente a Santiago Espot, Presidente de Cataluña Acción, entidad que corrió, al igual que en los anteriores ultrajes en idénticos momentos, con la organización de la infamia y con los gastos de utillaje para repartir entre el público allí presente. No dejaba de ser sintomático que en ningún caso las sanciones no pasaran de un mero coste económico, sin incidir en ningún tipo de sanción deportiva, que excluyese a ambos clubes de la competición para al menos evitar el bochorno periódico por el que nuestra Nación pasa cada vez que ambos alcanzan la final copera…
Huelga decir que el abucheo al Himno Español constituye un ultraje a España tipificado como delito en el Artículo 543 de nuestro Código Penal, dentro del apartado «Ultrajes a España», afirmando literalmente el mismo que «Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses». Con semejante base legal nuestra Fundación denunció ante los tribunales los abucheos de 2009, con idéntico resultado que ahora: el juez encargado del caso niega la existencia del flagrante delito. ¿Con qué base legal lo hace? Lo desconocemos, salvo que tanto Pedraz como Andreu, en singular prevaricación, entiendan que tiene más valor el genérico derecho a la libertad de expresión recogido en nuestra Carta Magna, que la infamia continuada y explícita contra los símbolos de nuestra Nación que constituye un desarrollo legal de la misma.
Pero dejemos a estos jueces ensimismados en sus escrúpulos y miremos a los sediciosos, que son verdaderos expertos en tirar la piedra y esconder la mano; ayer, sin ir más lejos, ante Su Alteza Real Felipe VI que inauguraba en Barcelona un congreso dedicado a las nuevas tecnologías, tanto el Presidente de la Generalidad Carlos Puigdemont como la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, la misma que quitó del consistorio barcelonés el busto de su padre el Rey Emérito, no tuvieron el valor suficiente para desairar al Rey de España y le saludaron con la exquisitez que marcaba el protocolo. Se confirma la cobardía congénita de los separatistas catalanes en todos los ámbitos, incapaces de abanderar un verdadero golpe de estado que es ni más ni menos la denominación exacta que merece su intermitente (casí diríase que como el Río Guadiana) intento de sedición o «desconexión» de la Nación Española. Igual que los que protagonizaron la pitada al Himno y a Felipe VI el año pasado, camuflados cobardemente dentro de la masa asistente al estadio, incapaces de mostrarse tal cual son, y que tras el delito no dudaron en animar a los suyos, para que se proclamasen campeones de la Copa del mismo Rey al que acababan de abuchear…
Por supuesto, en países de nuestro entorno no existen estos jueces prevaricadores que saltan por encima del Código Penal, para satisfacer a estos «españoles de primera clase» que son los sediciosos antiespañoles. Si en Francia se considera un delito insultar al presidente de la República o pitar el himno nacional, en Alemania le esperan penas de cárcel a quien acometa semejantes hechos delictivos. Así que la decisión del juez Andreu, igual que la de Pedraz, no hace sino justificar a quienes en lo sucesivo se decidan a injuriar a nuestros símbolos en idénticos escenarios, puesto que la singular jurisprudencia, implantada por no menos singulares jueces, pone en valor la libertad de expresión frente a las leyes que tienen que vigilar el ejercicio de la misma, que son precisamente esas leyes españolas cuyo ultraje fue realizado a través de la injuria a sus símbolos y con ellos a toda la Nación.
Desde la Fundación Denaes llamamos la atención sobre la complicidad existente en diversas instituciones de nuestra Nación con los sediciosos y sus constantes tropelías, capaces de justificar con sus sentencias judiciales el ultraje a toda la Nación Española por parte de unos españoles enajenados por las ideologías delirantes y supremacistas, las que abanderan los sediciosos que intentan cuartear nuestra Nación. No obstante, al juez Fernando Andreu hay que aclararle, ya que en los últimos años se están juzgando delitos de injurias cometidos contra sujetos colectivos, que «la piedra angular de los principios de la democracia» no es sino la Nación Española que garantiza la sacrosanta libertad de expresión; la misma «libertad de expresión» que es claramente excedida por los sediciosos una y otra vez para injuriar a un colectivo que se llama Nación Española.
Fundación Denaes, para la Defensa de la Nación Española.