El órgano de gobierno del Poder Judicial pide que se establezca la irretroactividad de la reforma para evitar «inadmisibles situaciones de impunidad difícilmente asimilables por la sociedad».


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MADRID.- La Comisión de Estudios del Consejo General del Poder Judicial advierte, en su informe sobre la modificación del Código Penal que prepara el Gobierno, de que el nuevo régimen de prescripción de los delitos puede dar lugar a una «revisión generalizada» de procesos penales que beneficiaría a los responsables de organizaciones terroristas.

La institución que gobierna a los jueces cree «de todo punto necesario» que el cambio de la prescripción no tenga carácter retroactivo.

En un informe que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene previsto debatir el próximo viernes, la Comisión de Estudios aboga por la irretroactividad del nuevo régimen de la prescripción. De lo contrario, previene, existe el riesgo de que los dirigentes o mandos intermedios de tramas criminales complejas, como es el caso de ETA, vean prescribir sus delitos, dando lugar a «inadmisibles situaciones de impunidad difícilmente asimilables por la sociedad».

La Comisión de Estudios ha introducido estas consideraciones en el texto tras el debate que celebró el pasado viernes. El estudio contiene consideraciones críticas respecto a la nueva regulación de la prescripción incluida en la reforma penal en ciernes.

Acogiendo el criterio de una controvertida sentencia del Tribunal Constitucional frente a la doctrina consolidada en los últimos años por el Supremo, el anteproyecto del Ministerio de Justicia exige «una actuación material sustancial» del juez dirigida «contra persona determinada» para entender interrumpida la prescripción.

El Consejo observa que, con esa reducción «drástica» de los actos judiciales capaces de parar la prescripción, los procesos criminales no tendrán efecto alguno en tanto la investigación del delito no haya progresado lo suficiente como para permitir «la perfecta determinación» de la identidad de los presuntos responsables.

Ello no tiene por qué generar problemas de prescripción cuando se investiguen delitos sencillos. Pero, tratándose de procesos complejos que tengan por objeto la persecución de tramas criminales, «la rigurosa exigencia de determinación de la imputación puede llegar a facilitar extraordinariamente la impunidad de quienes las integran o dirigen», indica.

Asimismo, explica que, en las organizaciones criminales complejas, son más fácilmente identificables los miembros más bajos de la escala -que son los que ejecutan materialmente los delitos- que los mandos intermedios o los jefes, que suelen actuar en la sombra.

«Si el fundamento de la prescripción consiste en que el transcurso del tiempo termina excluyendo la necesidad de la pena», señala el CGPJ, «no se aprecia fundamento razonable en la pretensión de que dicha necesidad de pena subsista únicamente para los acusados situados en los puestos inferiores de la escala delictiva, que normalmente son aquéllos que resultan más prontamente identificados, y por el contrario se haya extinguido para los mandos superiores o intermedios, lo que incluso podría considerarse discriminatorio, pues todos ellos son penalmente responsables de un mismo hecho delictivo».

En este contexto, el informe, con ponencia de Adolfo Prego, califica de «extrema gravedad» la cuestión de la eventual aplicación retroactiva de la nueva prescripción, aspecto que no resulta claro en el anteproyecto.

El Consejo pide que se establezca de forma expresa la prohibición de revisión de los procesos penales iniciados antes de que entre en vigor la reforma. También considera que la eficacia de la nueva regulación debe limitarse «estrictamente» a los actos judiciales que se produzcan con posterioridad a su aprobación.

«De lo contrario», afirma, «se generaría el riesgo, probablemente no querido por el prelegislador, de una revisión generalizada de procesos penales que, en el ámbito de la Audiencia Nacional y en relación con delitos cometidos por organizaciones terroristas, bandas armadas y grupos criminales organizados (ETA, Grapo, GAL, etc.), podría conducir a la absolución de sus responsables y a inadmisibles situaciones de impunidad difícilmente asimilables por la sociedad».