Ante un recurso presentado por una asociación catalana de abogados, se ha permitido la presencia de banderas sediciosas esteladas en la Final de la Copa del Rey, en una nueva sentencia prevaricadora que ignora la xenofobia e incitación al odio contra España que representa semejante enseña


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Como recordarán nuestros lectores, el último editorial de nuestra Fundación se dedicó a glosar el coraje de la Delegada del Gobierno en Madrid, Concepción Dancausa, quien pese a los insultos y amenazas que recibió por ello, decidió prohibir la presencia de banderas separatistas catalanas (las denominadas «esteladas» o «cubanas» en referencia a su modelo de origen) en la Final de la Copa del Rey celebrada este domingo en el madrileño Estadio Vicente Calderón entre el Sevilla Fútbol Club y el Fútbol Club Barcelona, por ser contrarias a lo enunciado por la Ley del Deporte. Desde nuestra Fundación nos felicitamos por la determinación de la Delegada del Gobierno para frenar los intentos de los sediciosos en sus ultrajes a nuestra Nación y sus símbolos, esperando que también las autoridades competentes hicieran todo lo posible para frenar los periódicos abucheos que estos españoles degenerados lanzan contra la Nación Española.

Sin embargo, poco podía durar la satisfacción, pues ante el recurso presentado contra la decisión de Delegación del Gobierno por la asociación de juristas catalanes llamada «Derechos», el juez del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 11 de Madrid (cuyo nombre no ha trascendido), decidió suspender la prohibición y permitir, con una resolución prevaricadora que apelaba a los antecedentes de similar ralea protagonizados por los jueces Santiago Pedraz en 2009 y Fernando Andreu en el pasado 2015, de considerar los ultrajes a la Nación Española protagonizados en sendas finales coperas como «ejercicio de la libertad de expresión», que las esteladas ondeasen en la final copera. Se une así a sus dos colegas Pedraz y Andreu, formando un singular «tridente» ya no futbolístico, sino verdadera punta de lanza en la complicidad con los separatistas que tanto ansían destruir nuestra Nación y edificar sus delirios. No ha sido así en el caso del juzgado número 15 de idéntico negociado, que ha considerado que el Fútbol Club Barcelona no está legitimado para presentar reclamación alguna.

Afirma «Derechos» en su recurso que las banderas separatistas esteladas son «un símbolo reconocido por el Parlamento de Cataluña como pacifico y no violento» y que, en ejercición de la libertad de expresión, su exhibición no puede considerarse como susceptible de alterar el orden público». Pero esto es considerar como válida la afirmación de una institución que, al ser detentada por los sediciosos, es juez y parte en el proceso. Lo único cierto es que las esteladas son banderas completamente fuera de la legalidad, al contrario de lo que son la ikurriña o bandera autonómica vasca, o la señera o bandera autonómica catalana, reconocidas como enseñas legales siempre que ondeen junto a la bandera rojigualda de la Nación Española. Y esto por mucho que Puigdemont, Colau o cualquier otro sedicioso que detenta representación en unas instituciones españolas que utilizan para socavar nuestra Nación, afirmen lo contrario con el mayor de los cinismos: no puede considerarse «perfectamente legal y democrática» una enseña utilizada por los separatistas antiespañoles para manifestar su más explícito odio, de carácter xenófobo, a la Nación Española.

El juez, en una prevaricación digna de ser estudiada en las Facultades de Derecho no sólo de España sino del mundo entero, justifica que las esteladas pueden ser «portadas y exhibidas» porque «en ningún caso ha resultado probado que la exhibición de la estelada pueda incitar a la violencia, el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación que atente contra la dignidad humana». Esto es, como «lo que no está en el sumario no está en el mundo» y como «hágase la justicia y perezca el mundo», para este singular letrado bastan los dos casos anteriores de prevaricación de sus colegas, a los que considera de manera cínica y escandalosa como verdadera jurisprudencia, para sentenciar de igual manera, y hace caso omiso de todas las situaciones en las que los sediciosos han ondeado la estelada en constantes ultrajes a la Nación Española, bien injuriando sus símbolos o prohibiéndolos (como sucede en el estadio del Fútbol Club Barcelona), o cuando se ha invocado la presunta diferencia genética de los catalanes respecto al resto de españoles (Oriol Junqueras dixit), para justificar la independencia. Si esto no es incitación al odio y xenofobia…

Además, este juez merece un monumento por su incompetencia e ignorancia: ¿acaso no se ha enterado que la UEFA, el máximo organismo del fútbol europeo, ha sancionado en más de una ocasión al Fútbol Club Barcelona por la presencia de esas banderas esteladas en los partidos que el equipo catalán ha jugado en su casa o en otros estadios? Sin ir más lejos, en la Final de la Liga de Campeones de la anterior temporada, donde el Fútbol Club Barcelona se enfrentó a la Juventus de Turín y la presencia de banderas sediciosas esteladas fue sancionada por la UEFA. ¿Pretende este juez enmendarle la plana a la más alta instancia del fútbol europeo sin siquiera citar una sola prueba de cargo?

Añade asimismo que «como manifestación de una ideología política o creencia, no se justifica en qué medida infringe el orden jurídico existente», y cabe el riesgo de generar un daño al recurrente al impedirle, «de forma pacífica, manifestar y expresar su ideología política con la exhibición de la bandera estelada». ¿Cabe mayor cinismo y descaro en esta resolución judicial? Si así fuera, entonces el pseudorreferéndum separatista del 9 N, por el que se está juzgando al ex Presidente de la Generalidad catalana, Arturo Mas, no debería ser considerado más que un acto legítimo de la libertad de expresión y de manifestación de una ideología política o creencia. De igual modo, la declaración unilateral de independencia del Parlamento de Cataluña del año 2015, será una mera expresión de una ideología política. Sin embargo, el Tribunal Constitucional se cuidó mucho de señalar que semejante «expresión ideológica», de ser llevada a la práctica, constituiría una vulneración de la ley, por lo que la libertad de expresión tiene unos límites en lo que atacar a la Nación Española se refiere.

El juez intenta curarse en salud apelando a que «solo los ciudadanos y no las instituciones o administraciones son titulares de derechos fundamentales, de modo que hay que diferenciar el uso de banderas por parte de esas administraciones del que puedan hacer los ciudadanos». Pero esto no es sino marear la perdiz, puesto que los ciudadanos no actúan de forma libre e indeterminada al portar estas banderas, sino que ellos mismos pertenecen a entidades, ya sean públicas o privadas, que, desde sus fines sediciosos y por lo tanto delictivos, les instan a portar las banderas separatistas, con vistas a progresar de forma lenta pero segura en la destrucción de la Nación Española.

Desde la Fundación Denaes censuramos la enésima prevaricación judicial a favor de los sediciosos, que verán así reforzada su voluntad inequívoca de seguir socavando la identidad de la Nación Española, usando de eventos como las Finales de la Copa del Rey de Fútbol, con todo el amparo de instituciones y funcionarios nacionales que demuestran estar corruptos hasta la náusea.

Fundación Denaes, para la Defensa de la Nación Española.