La pitada contra el Jefe del Estado en última final de la Copa del Rey de fútbol no fue delito, según ha dictaminado el juez Santiago Pedraz. De esta forma, los grupos nacionalistas vascos y catalanes que protagonizaron la protesta quedan amparados por la libertad de expresión.
Publicado el 22-07-2009 , por Expansión.com
La pitada contra el Jefe del Estado en última final de la Copa del Rey de fútbol no fue delito, según ha dictaminado el juez Santiago Pedraz. De esta forma, los grupos nacionalistas vascos y catalanes que protagonizaron la protesta quedan amparados por la libertad de expresión.
Así reza el auto del Juzgado de Instrucción número 1 de la Audiencia, que dirige Pedraz, que se dio a conocer ayer. En consecuencia, ha inadmitido a trámite la querella presentada por la Fundación para la Defensa de la Nación Española (Denaes) como respuesta a los hechos que tuvieron lugar el pasado 13 de mayo en Valencia.
La querella de Denaes acusaba de delitos contra el Rey don Juan Carlos a los responsables de las organizaciones Esait y Catalunya Acció, que reivindican una selección de fútbol para Euskadi y Cataluña, respectivamente.
En concreto, Denaes les acusaba de delitos de provocación al odio, ultrajes a la nación española e injurias al Rey al promover la pitada al himno nacional. La pena máxima para este tipo de delitos es de cinco años de cárcel.
Sin embargo, el juez Pedraz se basa en el criterio del fiscal para sostener que los hechos denunciados «no pueden ser constitutivos de delito (injurias al Rey, apología del odio nacional o ultrajes a España)».
El auto del juzgado afirma que «la pitada efectuada durante la llegada del Rey, durante la interpretación del himno nacional, así como con la colocación de pancartas con el lema ‘Good bye Spain’ están amparadas por la libertad de expresión, y no pueden considerarse difamatorias, injuriosas o calumniosas, ni mucho menos que propugnen el odio nacional o ultraje a la Nación».
Por esta razón, el juez entiende que las conductas registradas en la final de Copa del 13 de mayo no son «merecedoras de reproche penal, teniendo además en cuenta el principio de intervención mínima».
La Fundación Denaes ha anunciado hoy que recurrirá el archivo de la querella. En un comunicado, la organización ha señalado que la libertad de expresión «no puede ser una patente de corso para saltarse a la torera el Código Penal con acciones tales como ultrajar a España, incitar al odio contra los españoles e injuriar al Jefe del Estado de manera impune». En su opinión, así sucedió durante la final de la Copa del Rey de fútbol.