La Voz de Barcelona

“No habrá ni un paso atrás en este modelo de inmersión [lingüística escolar obligatoria exclusivamente] en catalán. Puede haber sentencias, resoluciones, todo lo que quiera, pero el modelo es el que es, está socialmente aceptado por parte de más del 90% de la sociedad catalana y de una amplísima mayoría de esta cámara. […] No se tocará nada respecto a lo que hay ahora desde el punto de vista de la inmersión lingüística en catalán”.

Con estas palabras, el presidente de la Generalidad, Artur Mas (CiU), mostró el pasado 4 de julio en el Parlamento autonómico su desprecio por las sentencias de los tribunales, especialmente las relacionadas con la política lingüística autonómica, incumpliendo impunemente las resoluciones judiciales y vanagloriándose de ello.

Obligados a rotular, al menos, en catalán

Este lunes, el Diario Oficial de la Generalidad de Catauña (DOGC) ha publicado las bases para la concesión de subvenciones a empresas de producción independientes para la realización de largometrajes televisivos de ficción destinados a ser emitidos por televisión (Resolución CLT/1678/2012) a través del Instituto Catalán de las Empresas Culturales (ICEC), dependiente de la Consejería de Cultura.

Las ayudas están destinadas a que ‘se creen productos de alta calidad destinados a los mercados nacionales e internacionales’ y buscan ‘impulsar la producción de largometrajes televisivos que canalicen el talento creativo, técnico y artístico, así como consolidar el sector audiovisual mediante la participación de personal técnico y empresas establecidas en Cataluña’.

Entre los requisitos exigidos para poder acceder a las subvenciones se subraya el cumplimiento de los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley de Política Lingüística, que obligan a las empresas a que ‘la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público deben estar redactados, al menos, en catalán’.

También ordenan que ‘los rótulos e informaciones de carácter fijo y que contengan texto que han de constar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajen en los mismos deben figurar, al menos, en catalán’.

20% para películas en catalán; 14% si es ‘en otras lenguas’… y hay presupuesto

Por otra parte, si el largometraje está rodado en catalán o aranés, la subvención será del 20% del coste de producción, con un máximo de 120.000 euros. Mientras que si la película se rueda ‘en otras lenguas’ la ayuda se reduce al 14% del coste total del proyecto, con un máximo de 90.000 euros.

Además, en caso de que, dado el número de solicitudes admitidas y las disponibilidades presupuestarias, no sea posible subvencionar dichas cuantías, estas se reducirán proporcionalmente eliminando en primer lugar las ayudas a los largometraje producidos ‘en otras lenguas’ diferentes del catalán o aranés.

En contra de lo establecido por el Tribunal Constitucional

De esta forma, la Generalidad sigue exigiendo la aplicación de unas disposiciones -los artículos referidos de la Ley de Política Lingüística- que, en realidad, quedaron derogadas de facto por la sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional, sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña, que en su fundamento jurídico 22 dictaminó lo siguiente:

‘El deber de disponibilidad lingüística de las entidades privadas, empresas o establecimientos abiertos al público no puede significar la imposición a éstas, a su titular o a su personal de obligaciones individuales de uso de cualquiera de las dos lenguas oficiales de modo general, inmediato y directo en las relaciones privadas, toda vez que el derecho a ser atendido en cualquiera de dichas lenguas sólo puede ser exigible en las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos’.

Igualmente, la citada sentencia determinó que es ilegal dar un trato preferente al catalán sobre el español, tal y como ocurre a la hora de conceder estas subvenciones. En concreto, el fundamento jurídico 14 decretó lo siguente:

‘La definición del catalán como lengua propia de Cataluña no puede justificar la imposición estatutaria del uso preferente de aquella lengua, en detrimento del castellano, también lengua oficial en la Comunidad Autónoma, por las Administraciones Públicas y los medios de comunicación públicos de Cataluña’.

En definitiva, tal y como recordó el presidente autonómico, “puede haber sentencias, resoluciones, todo lo que quiera”, pero “no se tocará nada” en la política sistemática de exclusión y discriminación de los castellanohablantes que se viene aplicando en Cataluña. Mientras tanto, el Gobierno y los tribunales no parecen estar por la labor de restablecer el Estado de derecho en Cataluña.